En un reciente giro en la controversia familiar que rodea a Luis Enrique Guzmán y su supuesto hijo Apolo, se ha confirmado que el resultado de la prueba de ADN realizada indica que Guzmán no es el padre biológico del pequeño. Maleya Laguna, madre de Apolo, emitió un comunicado el 18 de septiembre en el que acepta la negativa del test, que ha generado una serie de interrogantes sobre las implicaciones legales que esto conlleva.
La situación ha suscitado dudas sobre si Guzmán podrá quitarle a Apolo su apellido, un proceso que, según el Código Civil Federal de México, requiere un juicio formal de desconocimiento de paternidad. Este procedimiento es clave, ya que permite a un hombre que no es biológicamente el padre de un menor desvincularse legalmente de responsabilidades parentales, incluyendo la posibilidad de dejar de proporcionarle pensión alimenticia.
El artículo 330 del Código establece que el marido tiene un plazo de 60 días desde el nacimiento para impugnar la paternidad, mientras que el artículo 335 señala que cualquier demanda de desconocimiento debe realizarse ante un juez competente. Además, el artículo 336 menciona que tanto la madre como el hijo, en caso de ser menor, deben ser escuchados en el juicio. Por último, el artículo 337 aclara que solo el feto que ha nacido y sobrevivido 24 horas puede ser considerado legalmente como tal.
Luis Enrique Guzmán ha manifestado su intención de continuar con el proceso legal para que se reconozca oficialmente que no es el padre de Apolo, lo que implicaría que el niño podría perder su apellido. Aunque el proceso puede ser complicado, Guzmán ha expresado su deseo de que se resuelva de la manera más adecuada, considerando el bienestar de Apolo en todo momento.
La situación sigue generando un intenso interés mediático y social, y muchos se preguntan cómo afectará esto la vida del pequeño de cinco años.